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Thứ Hai, 23 tháng 9, 2013

El blog alcanza las cien mil visitas. Agradecimientos y curiosidades





Ayer lunes, sobre las 15:15, este modesto blog alcanzaba las cien mil visitas. No puedo negar que fue un momento muy feliz por el reconocimiento que conlleva de los lectores entre los que, poco a poco, se va haciendo un hueco en el difícil mundo del blogging, especialmente por la materia que se trata, que es bastante minoritaria si la comparamos con blogs de moda, de cocina, de cotilleos, etc.

Lejos queda aquel día de San Jorge de 2012 cuando empecé mi aventura bloguera, sumergido entre dudas de diseño, qué nombre darle y cómo orientarlo. Tampoco nos engañemos, un blog de estas características va evolucionando con el tiempo y los consejos que unos y otros te dan y lo que tomas de otros que ves que funcionan.

La verdad es que, cuando lo empecé, no tenía una función claramente definida, ni un público concreto; de hecho, lo inicié más con una finalidad de obligarme a leer, condensar lo aprendido, mejorar la escritura y tener un lugar donde guardar mi conocimiento, accesible desde cualquier lado, porque, ya se sabe, todo lo que no dejas de una manera u otra escrito se acaba olvidando y la información jurídica no permite vacilaciones en un informe en sala, o en uno escrito.

En estos cuadros, que a continuación os inserto, se puede ver la evolución en el tiempo de las visitas y en el origen de las mismas. De las poco más de cien visitas que obtuve en todo el primer mes a las más de cuatrocientas diarias actuales, habiendo alcanzado 859 el domingo 15 de este mes como record absoluto, ha pasado casi año y medio.




No debe perderse de vista que existen muchos blogs y algunos de una calidad excepcional. Teniendo en cuenta que la legislación está siendo modificada por nuestro bienamado parlamento cada dos semanas, a día de hoy, al menos a mí, parece más rentable conocer a gente de conocimiento superespecializado y aprovecharse de su cordialidad, que malgastar el dinero en ciertos libros, que, muchas veces, están lejos de la realidad del foro. El blogger es una persona, por su propia naturaleza, generosa y así lo son cuantos sigo. No se ha de obviar que todo lo que dejas en el blog puede ser aprovechado hasta por la competencia, aunque jamás se puede equiparar estudiar y trabajar un tema, conociendo sus más peculiares entresijos, con la simple copia del mismo. Por otro lado, entre los lectores de Internet, más en temas específicos, surgen corrientes y el boca a boca para recomendar buenos foros y blogs donde solventar dudas.

AGRADECIMIENTOS
Bibiana Isorna: No ya por ser mi mujer y abogada en La Coruña, sino porque fue quien me empujó al mundo blogger, y porque me dio el mejor nombre, que ahora mismo acompaña a esta bitácora.

(Tuve que recurrir a gente de confianza dado que mis primeros becarios no me dieron buen resultado)


Mis padres: Vaya por delante que mis padres no se enteraron de la existencia de este blog hasta, creo, diciembre de 2012, entre otras cosas porque, por motivos que no vienen al caso, este blog no tuvo autor conocido públicamente hasta junio de este año. De mi padre poco se puede añadir que no diga ya su extensísimo c.v. Además, es el becario honorario de este blog y censor de sus impurezas formales. Mi querida madre, a la que tanto le debo, es la fan número uno del blog y puede que en no demasiado tiempo lance una campaña llamada ALT F4 (para quien no sepa informática es el desbloqueo de aplicaciones Windows; como ella no maneja Windows, creo que se refiere al borrado de algo llamado F4; a saber).



Salvador Viada Bardají: Fiscal del Tribunal Supremo. La verdad es que no lo conocí por su excepcional c.v., que incluye, entre otras cosas, haber pertenecido a la Fiscalía Anticorrupción, al Tribunal Penal Internacional de enjuiciamiento de los crímenes de la antigua Yugoslavia, o su posición como Fiscal del TS, tampoco, y esto sí que es gordo, por ser uno de los cofundadores de Wikipenal, probablemente el mejor repositorio del conocimiento penal práctico español. No, lo conocí por su blog personal Justicia Imparcial; en este blog pude comprobar que, por suerte, hay gente que no se deja amilanar por el poder y que tiene en alta estima uno de los derechos fundamentales más sagrados, el de la libertad de expresión. Justicia Imparcial ha sido el padre ideológico de mi blog, aunque luego no se parezcan mucho entre sí.

Ángel-Pablo Avilés: Mi blog comenzó su andadura casi a la par que mi viaje por Twitter y, al poco de ocurrir esto, empecé a recibir algunos mensajes de un tipo que se me hacía misterioso. Como sabréis todo héroe y villano tiene una frase icónica: Volveré (Terminator), ¿Has bailado alguna vez a la luz de la luna? (Joker, el archienemigo de Batman), siendo la frase de Angelucho “Pero ¿tú sabes quién soy yo?”, frase que muchos de sus destinatarios preferirían no haber escuchado. Y como todos sabéis lo que me gustan los misterios acabé siguiéndole y conociendo su Blog de Angelucho, del que tanto he aprendido a nivel de Internet y nuevas tecnologías y de él como persona. Ahora nos acosamos de noche, pero esa es otra historia que no se contará aquí.

Amancio Plaza Vázquez: Gran maestro de la sindicación de conocimiento y líder, entre otras muchas cosas, de la Plataforma Segunda Opinión Jurídica, con versiones en Twitter y Facebook. He vivido tres años en Santiago de Compostela y, sin embargo, no ha sido hasta dos años después de irme de allí cuando lo he conocido personalmente. A él le debo que me empezase a dar unos rápidos consejos respecto a algunos gadgets a meter en el blog en sus más tiernos inicios, que ayudaron a mejorar su visibilidad en los motores de búsqueda. Por otro lado, la generosa y abundante publicidad en su plataforma de mi blog ha generado centenares de visitas, si no miles, y ayudado a que el blog se fuera asentando en el subconsciente de los asiduos al derecho penal.

Trinity: No, no es la novia de Neo, en Matrix, sino una simpática chica que ha sido la que me ha dado todos los consejos de colocación formal de todas las ventanas del blog, añadiendo todo lo que faltaba y que ha hecho del mismo algo mucho más agradable para la vista. También le debo a ella el diseño de la cabecera y el favicon. Dejo el enlace a su blog.

También deseo mencionar otros tres blogs que, de un modo u otro, me han servido u orientado:
El blog de José Carlos Vilorio, especialista en Criminología.
De lo Justo y de lo Humano, blog del abogado zaragozano Alfredo Herranz al que, pese a ser de la misma ciudad, no tengo el gusto de conocer personalmente.
También quiero recomendar un blog que he conocido no hace demasiado, Enfoque divergente, que seguro muchos lo encontraréis muy interesante. Si no indico su autor es porque él no se identifica en el blog, e ignoro si quiere figurar o no aquí.

Last but not least, deseo agradecer a todos aquellos que han visitado el blog y han dejado algún comentario (en el propio blog, Facebook, Twitter o Linkedin), o lo difunden de cualquier manera (un me gusta o un retweet), permitiendo que cada vez más gente pueda acceder a los contenidos que procuro sean amenos y útiles. Esto, por supuesto, incluye a los Guardias Civiles, Policías Nacionales y Locales, abogados, fiscales, jueces y todo el público que me da ideas para futuros post.

Muchas gracias a todos.



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Thứ Bảy, 21 tháng 9, 2013

Rápido análisis del Anteproyecto Gallardón de reforma del Código penal





En el día de ayer se presentó públicamente el anteproyecto de reforma del Código penal del actual Ministro de Justicia. Vamos a hacer un rápido resumen de lo que contienen las 170 páginas del mismo.

PARTE GENERAL
Al suprimirse las faltas y pasar a ser un país europeo, donde existen sólo delitos e infracciones administrativas, se tiene que corregir buena parte de los artículos para, donde antes ponía “delito y/o falta”, que quede sólo la palabra delito.

Para la reincidencia (22. 8 Cp), no se podrá aplicar las condenas por delito leve (las actuales faltas). Es inexplicable que, como se verá, sean aplicables a efectos de reincidencia las condenas de otros países de la UE, con sistemas legales en algunos casos discutibles, por no hablar del problema del Registro de antecedentes y los datos personales corriendo libremente, y que los hechos cometidos inferiores a 1000 €, en el caso de los delitos leves patrimoniales, no puedan surtir efectos de reincidencia.

Se suprime el término minusvalía por discapacidad (25 Cp).

El corporate compliance o deber empresarial de prevención del delito se modifica por tercera vez por completo desde 2010 (2010, LO 7/2012 y esta reforma). Se reforma totalmente el art. 31 bis Cp y se añaden hasta el 31 quinquies Cp.

Se introduce la prisión permanente revisable. Hay quien dice que es inconstitucional; yo no lo creo y hay muchos países próximos que tienen la cadena perpetua.

Se modifican bastantes reglas de ejecución de condena (80 y ss Cp). El art. 80. 4 Cp es el colmo de la indefinición. Las medidas de seguridad pasarán a ser controladas por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Modificaciones (art. 89 Cp) en la expulsión de extranjeros ilegales e incluso ciudadanos comunitarios.

Como adelantábamos (art. 94 bis Cp), las sentencias de otros países de la UE tienen el mismo valor que las españolas (lo que en español común es decir que se podrán utilizar a los efectos de reincidencia, dejando a un lado problemas de traducción, registro, custodia de datos personales, etc.).

Las medidas de seguridad (arts. 95 y ss), se reforman completamente en su articulado.

El comiso (127 y ss Cp), es retocado también, previéndose para delitos tasados el comiso de efectos o bienes en los que haya indicios fundados de que provienen de actividad delictiva y el sujeto no pueda probar su origen lícito (127 bis Cp).

PARTE ESPECIAL
Homicidio-asesinato: Se elevan las penas para el asesinato y se introducen subtipos agravantes (que la víctima sea autoridad o funcionario o menor de 16 años).

Homicidio imprudente: Se introducen matices. Mala técnica de redacción: “para la valoración de la gravedad de la imprudencia se valorará en particular” (152. 2 Cp). Esto se repite a lo largo de todo el anteproyecto.

Se modifica la esterilización de incapaces (156 Cp).

Se agravan notablemente las penas por detención ilegal y secuestro cuando no se dé razón del paradero del ilegítimamente privado de libertad (166 Cp).

Se añade un delito específico de acoso genérico (más allá del laboral o sexual) en el art. 172 ter Cp.

Se modifica la edad mínima de 13 a 16 años para que se cometan delitos de abusos sexuales sobre menores de edad (183 Cp), con la salvedad de la proximidad de edad (184 quater). El grooming queda redactado ahora como art. 183 ter Cp.

Se modifican los delitos de prostitución de menores y elaboración de pornografía infantil (189 ss Cp).

Se introduce un tipo penal de sexting o posting(art. 197. 4 bis Cp), que es un auténtico despropósito en su redacción.

Las injurias, salvo error mío, quedan despenalizadas, menos las que lo sean hechas con publicidad.

Delitos patrimoniales: Se introducen subtipos agravados para el hurto y consecuentemente para el robo con fuerza, cuando lo sustraído sean productos agrarios o ganaderos, sus instrumentos y el cableado (235 Cp). La falta de dotación de medios policiales nocturnos (más agentes en el campo, más vehículos), conlleva corregir y dar un golpe mayor al que se sorprenda.

Se agrava la pena del robo en establecimiento abierto al público fuera de horario de apertura (241. 1 inciso final Cp).

Se desplaza el clásico tipo penal de apropiación indebida al art. 253 Cp, creando la administración desleal como tipo específico en el art. 252 Cp.

Se crean y alteran tipos penales relativos a las insolvencias punibles respecto a concursos de acreedores, situaciones inminentes al concurso y asimilables a los mismos (258 y ss Cp).

Múltiples retoques en los delitos contra la propiedad intelectual (270 y ss Cp), incluyendo la ya muy comentada aberración de hacer delito compartir enlaces que, en su origen, sean ilícitos (curiosamente, salvo error mío, se olvidan de esto para la pornografía infantil).

Corporate compliance: Castigos directos por no haber adoptado medidas de control (286 seis Cp).

Se modifica la receptación (298 Cp).

Por enésima vez, pues he perdido ya la cuenta, se reforma el art. 318 bis Cp (trata de personas).

Se modifica y agrava el maltrato de animales, olvidándose de introducir la zoofilia, que es delito, por ejemplo, en Alemania (337 Cp).

Se agravan los delitos de incendios forestales en determinados casos; ahora sólo falta que algún jurado condene alguna vez (353 Cp).

Hay retoques en el delito de intrusismo profesional (403 Cp).

Modificaciones en los arts. 423, 427, 432, 433, 434, 435, 438 y 440 Cp, contra la Administración Pública.

Se (re)introduce la negativa a reconocer los delitos de genocidio y asimilables (510. 1 c Cp). Al parecer, quien redactó esto se olvida que el T. Constitucional ya declaró expresamente inconstitucional en 2007 la negativa a reconocer tales delitos.

Se agravan las penas del delito de atentado (550 Cp).

CONCLUSIONES
Vaya por delante que se está haciendo un resumen de 170 hojas en 5. Estamos ante un profundo cambio, con un potente acento ideológico de Estado-policía. El mejor ejemplo lo podemos ver con la supresión de la falta de respeto a los agentes de la autoridad (actual 634 Cp).
Momento actual: Juicio de faltas donde los agentes se ratifican y, si el juez se convence de la infracción, condena.
Con el anteproyecto definitivamente aprobado: El policía local de tu pueblo de 150 habitantes te denuncia, te sanciona la autoridad competente y si quieres te gastas abogado para recurrir + tasa + 2 años de espera para juicio contencioso-administrativo + tienes la carga de probar que no lo hiciste.
¿A que es muy diferente un estado de la cuestión que otro?
Por otro lado, se va a sobrecargar a los jueces de instrucción por juicios de faltas, hasta que se apruebe el anteproyecto de Código Procesal Penal y luego, con esa norma aprobada, comenzarán los suicidios en masa en la fiscalía, pues todo delito (y lo van a ser las actuales faltas de todo tipo, como al que se le ha sorprendido intentando llevarse una lata de sardinas sin pagar) va a exigir papeleo, arrastrándonos todavía más a la Edad Media.

Eso sí, de aumento de plazas de Jueces, Fiscales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad formados específicamente, forenses, peritos contables, etc., seguiremos sin hablar en mucho tiempo.

(En la foto: alguien que esperó demasiado una reforma legal en condiciones del sistema penal)



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Thứ Tư, 18 tháng 9, 2013

Las libertades en crisis (II): Elecciones libres para la democracia judicial





Por su interés, voy a traer un artículo de Jesús Manuel Villegas Fernández, quien escribió un libro del cual se hizo recensión en este post. Dicho texto se publicó el 12-IX-2013 en La Opinión de La Rioja, y, dada su claridad expositiva, nos limitamos a reproducirlo aquí:

JESÚS MANUEL VILLEGAS FERNÁNDEZ
MAGISTRADO DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN SECRETARIO GENERAL DE LA PLATAFORMA CÍVICA POR LA INDEPENDENCIA JUDICIAL
«El juez de base ajeno a la política se ve atrapado en una tenaza que lo aprieta desde arriba y abajo. Su voz no cuenta. Nadie sabe cuál es la opinión general de la judicatura española, como conjunto. Otros hablan por él»

"En estos momentos está en marcha una revolución silenciosa. O más bien, una contrarrevolución. La última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial perpetúa la designación parlamentaria del máximo órgano de gobierno de nuestra justicia: el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Por tanto, se confiere de facto a los partidos políticos la última palabra en el reclutamiento de aquellos individuos, togados o no, que mandarán sobre los jueces españoles. Los agraciados con tal dignidad serán los que decidan cuándo hay que sancionar o no a cualquier magistrado, dirigirán la inspección disciplinaria sobre los tribunales, proveerán ascensos o concursos y, entre otras competencias, intervendrán en el proceso de acceso a la carrera judicial. En teoría se trata de materias que deberían resolverse imparcialmente, con criterios jurídicos; en la práctica, son resortes de poder que las oligarquías de Ferraz y Génova, así como sus acólitos acondroplásicos, jamás renunciarán a controlar. ¿Qué más da que se haya pisoteado el programa electoral?

Pero hay más. Se planea una nueva ley de planta que acabará con los partidos judiciales y, con ellos, con los decanos, representes democráticos que los jueces de cada demarcación territorial han venido eligiendo hasta ahora en votación libre. El objetivo es reemplazarlos por unos presidentes de ‘tribunales de instancia’, nombrados directamente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Ese mismo consejo cuyos miembros deben su cargo a la liberal largueza de sus poderosos padrinos.

El juez de base ajeno a la política (el que trabaja en su despacho sin mancharse la toga con polvo de ese camino tan hollado) se ve atrapado en una tenaza que lo aprieta desde arriba y abajo. Su voz no cuenta. Nadie sabe cuál es la opinión general de la judicatura española, como conjunto. Otros hablan por él. El pueblo español desconoce qué piensan sus jueces.

El poder judicial español se estremece atravesado por una corriente interna que reclama su democratización mediante la instauración de un principio elemental: un juez/ un voto. En noviembre del año 2012 y febrero de 2013, más de trescientos jueces exigieron la creación de una Asamblea General de Jueces; esto es, de un espacio donde todos los miembros de la carrera trasmitan al pueblo español su opinión como colectivo, sin tutelas externas, sin intermediarios que distorsionen su mensaje o pongan sordina a su voz. Fue una iniciativa espontánea, surgida de la comunicación de los jueces entre sí median- te el correo electrónico, sin padrinos políticos, económicos, sindicales, asociativos, periodísticos o de cualquier otra índole. El rever- so de la politización impulsada desde el poder.

Por tercera ocasión, los jueces se reunirán en Madrid el 26 de octubre de este año 2013. Esta vez promoverán un acto simbólico: la elección de un consejo alternativo al oficialista. Merced a un sistema de comunicación electrónica, organizarán unos comicios virtuales donde se voten libremente a doce jueces según el modelo del programa electoral pisoteado por el Ministerio. Es sólo un gesto sin valor legal, una llamada a los ciudadanos para salvar la dignidad de la justicia española: la gran mayoría de los magistrados de nuestro país ha dado la espalda a la farsa montada por el poder político. Exigen ser escuchados, que otros no hablen por ellos. Es un movimiento arriesgado. Condición necesaria de su éxito es la ruptura del muro de silencio donde el poder político quiere encerrar a la justicia independiente. Sin la ayuda de todos, no lo lograremos”.

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